Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios en la piscina municipal e instalaciones Deportivas. (Ordenanza actualizado el 06/10/2003)
Art. 6º- Cuota tributaria.
Podrá reducirse la cuantía de la cuota teniendo en cuenta criterios genéricos de capacidad económica de los sujetos obligados a satisfacerlas, como en el caso de pensionistas, familias numerosas o escolares
Ordenança fiscal reguladora de la taxa de l’arreplega del fem (Ordenanza actualizado el 06/10/2003)
A) L’article 6 queda redactat en els següents termes:
Para la determinación del importe de esta tasa se podrán tener en cuenta criterios genéricos de capacidad económica de los sujetos obligados a satisfacerlas, tales como jubilados, familias numerosas u otros.