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Quatretondeta

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL (Ordenanza 27/06/2017)

ARTÍCULO 5. Cuota Tributaria
SERVICIOS QUE SE PRESTAN

TARIFA PISCINAS MUNICIPALES
1. PISCINAS VERANO
1.1. ENTRADA ADULTO (De 18 en adelante) 3,00
1.2. ENTRADA INFANTIL (De 6 a 17 años) 2,00
1.3. ABONO ADULTO (De 18 en adelante) 45,00
1.4. ABONO INFANTIL (De 6 a 17 años) 25,00
1.5 . FAMILIA NUMEROSA DTO. 50% S/ABONO

ARTÍCULO 6. Exenciones y Bonificaciones
Se aplicará una bonificación del 95 % en el precio público para todas aquellas familias que figuren empadronados en este Ayuntamiento, al menos con una antigüedad de 9 meses a la solicitud de la misma. Podrán solicitar la exención de pago del precio público correspondiente, la UNIDAD FAMILIAR, con ingresos brutos que no superen en tres veces el salario mínimo interprofesional anual. Para optar a la exención de pago, el interesado deberá presentar en el Ayuntamiento, la correspondiente solicitud a la que adjuntará la documentación justificativa correspondiente.