04 de febrero 21
Queridas familias,
El antiguo complemento de maternidad en las pensiones ha sido reformado por el Gobierno con importantes modificaciones tales como el cobro desde el primer hijo y hasta el cuarto hijo.
Este martes se aprobó el nuevo complemento de maternidad de las pensiones, de una cuantía fija de 378 euros anuales por hijo.
¿Cuando tengo derecho a recibir este complemento?
Es decir que tener hijos da derecho a recibir este complemento. Desde el primer hijo biológico o adoptado (y hasta un máximo de cuatro), uno de sus progenitores tendrá derecho a percibir una compensación en sus pensiones. Esto ha sido una novedad respecto al actual complemento que solo podían percibir las madres a partir del segundo hijo.
¿Quien lo podrá percibir?
Generalmente, las mujeres. Pero no necesariamente, podrán percibirlo hombres si cumplen los requisitos y lo piden.
El complemento está pensado para compensar la alteración en las carreras profesionales que suelen sufrir las mujeres tras tener o adoptar hijos y que, a la larga, se traduce en pensiones más bajas.
¿Qué pasa si el perjuicio es el mismo entre los progenitores?
«Si los dos progenitores acreditan el perjuicio o si ninguno de los dos lo hace, el derecho se le reconocerá a la madre, contribuyendo así a la reducción de la brecha de género», explica en una nota la Seguridad Social.
¿Cómo se asigna si los progenitores son dos hombres o dos mujeres?
En el caso de que las dos progenitoras sean mujeres, el complemento «se reconocerá a aquella que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía», añade.
Si los dos progenitores son hombres, se asignará al que cumpla los requisitos de afectación en la carrera laboral requeridos en el decreto (aquí descargable en PDF). Si los cumplen ambos, «se reconocerá a aquel que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía».
¿Cuánto cobraría por hijo con ese complemento?
La compensación será una cuantía fija de 378 euros anuales por cada hijo. Se traduce en 27 euros mensuales por hijo, en 14 pagas. Hay un máximo: «La cuantía a percibir estará limitada a cuatro veces el importe mensual fijado por hijo o hija». Es decir, 108 euros al mes.
¿Se gana o pierde dinero con el nuevo mecanismo?
Si solo se tiene un hijo, se gana siempre con el nuevo complemento de maternidad, porque el anterior no daba derecho a cobrar nada.
Con dos o más hijos, dependerá del caso. Beneficiará más a las personas que perciban pensiones más bajas.
Al contrario, perjudicará a las beneficiarias de pensiones elevadas, que percibirían un complemento mayor con la anterior legislación. Y también puede perjudicar en los casos de un mayor número de hijos, aquellos en los que el porcentaje de incremento que se aplicaba en el anterior mecanismo era del 15%.
¿En qué pensiones se aplicará este complemento?
Se reconocerá en todas las modalidades de pensión (jubilación, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad), salvo la jubilación parcial.
¿Qué ocurre con las pensiones que ya tienen el anterior complemento de maternidad?
Que se continúa aplicando la legislación anterior. Este nuevo complemento se aplicará para las pensiones que se causen a partir de su entrada en vigor hoy jueves 4 de febrero.
¿Qué pasa si tengo derecho a la pensión máxima?
Lo puedo recibir. La Seguridad Social informa que el complemento “no computa a efectos de complemento a mínimos ni como tope de la pensión”
¿Hasta cuándo estará vigente el complemento?
La regulación establece que la medida estará en vigor mientras la brecha de género de las pensiones sea superior al 5%.
Fuente: https://www.eldiario.es/economia/preguntas-respuestas-nuevo-complemento-maternidad-pensiones-378-euros-anuales-hijo_1_7187655.html
]]>