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Nombre del autor:ASAFAN

Elda

Impuesto de bienes inmuebles (Ordenanza 28/12/2021) 2.- En aplicación del artículo 73.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales para solicitar la bonificación del 50% de la cuota, por tratarse de Viviendas de Protección Oficial o equiparables a estas según las normas […]

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Elche

Impuesto de bienes inmuebles (Ordenanza actualizada al 19/12/2019 ) Artículo 4º.- Exenciones y Bonificaciones.  2º) BONIFICACIÓN DE LA CUOTA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA A LAS FAMILIAS NUMEROSAS. A) IMPORTE DE LA BONIFICACIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 74.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por

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Dolores

Impuesto de Bienes Inmuebles (Ordenanza  16/06/2015) ARTÍCULO 10. Bonificaciones 4. En aplicación del artículo 74.4 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece una bonificación del 30 % a las familias numerosas que reúnan todos los siguientes

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Dénia

Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles (Ordenanza 30/12/2016) (Última corrección sobre valor catastral y bonificación Ordenanza 04/12/2018) Art. 4 Bonificaciones:4. En aplicación del artículo 74.4 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los sujetos pasivos que en el momento del devengo del impuesto ostenten la condición de titulares de familia numerosa conforme

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Gorga

6º.- APROBACIÓN DE EXPEDIENTES DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES (IBI URBANA; IVTM Y TASA DE BASURA) (Ordenanza el 12/12/2016) Artículo 9. Bonificaciones. Los sujetos pasivos del impuesto que, en el momento del devengo, ostenten la condición de titulares de familia numerosa, conforme lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a

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Daya Nueva

Impuesto de bienes inmuebles (Ordenanza  25/10/2004) Artículo 4º.- Bonificaciones.3.- De conformidad con el artículo 75.4 de la Ley 39/ 1988, se establece una bonificación a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titular de familianumerosa, a petición del interesado y mediante su acreditación suficiente.Las deducciones aplicables son las siguientes:– Familias numerosas de

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Daya Vieja

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL COMPLEJO POLIDEPORTIVO MUNICIPAL: MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 4º (Ordenanza 25/06/2013) Artículo 4º.- Base imponible. La Tasa regulada en la presente Ordenanza Fiscal, se aplicará con arreglo a los siguientes tipos: 4.B. Piscina municipal: – Abono de temporada para familias empadronadas (de junio a septiembre):

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Quatretondeta

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL (Ordenanza 27/06/2017) ARTÍCULO 5. Cuota TributariaSERVICIOS QUE SE PRESTAN TARIFA PISCINAS MUNICIPALES1. PISCINAS VERANO1.1. ENTRADA ADULTO (De 18 en adelante) 3,001.2. ENTRADA INFANTIL (De 6 a 17 años) 2,001.3. ABONO ADULTO (De 18 en adelante) 45,001.4. ABONO INFANTIL (De 6 a 17

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Crevillente

Impuesto de bienes inmuebles (Ordenanza 26/12/22) 3.- Bonificación por Familias numerosas.En aplicación del artículo 74.4 de la LRHL los sujetos pasivos que, en el momento del devengo, ostenten la condición de titulares de familia numerosa, conforme lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, y demás normativa

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Cox

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANAORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (Ordenanza actualizado el 22/01/2019) Artículo 4º.- Bonificaciones.Apartado 3.- En aplicación del artículo 74.4 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

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Catral

Impuesto de bienes inmuebles (Ordenanza 02/08/2008) 4. Los sujetos pasivos del impuesto que, en el momento del devengo, ostenten la condición de titulares de familia numerosa, conforme lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, y demás normativa concordante, tendrá derecho a una bonificación del 90 por

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Castell

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (Ordenanza 14/01/2013) IX. BONIFICACIONESArtículo 19.De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 74.4 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, gozarán de una bonificación del 10 por 100: los sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa.

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